De nuevo un post-denuncia-malaleche.
Leo en meneame que las operadoras de telecomunicaciones (REDTEL, que engloba a todos los proveedores excepto Jazztel) están negociando con las sociedades de gestión de derechos de autor para aplicar sanciones a aquellos usuarios que descarguen contenido protegido.
Unos (SGAE) dicen que se deben dar los famosos 3 avisos a todos los usuarios que estén compartiendo archivos mediante P2P, y cortar la conexión al tercer aviso.
Otros (REDTEL) dicen que sólo se debería avisar y cortar la conexión a aquellos usuarios más intensivos (cifrados en unos 60.000).
¡¿Pero qué se han creído?! O sea, que ahora una asociación de operadores de telecomunicaciones PRIVADA junto con otra asociación PRIVADA de gestión van a decidir sobre mi servicio de conexión a internet y me van a "castigar" porque sí. Pues más les vale a los de ya.com (que es, en concreto, mi proveedor) no tocarme las pelotas con los avisitos. Yo contraté una conexión (que por cierto va regulera). En mi contrato no aparece ninguna cláusula que indique que tengo limitación en los servicios a los que accedo, en los puertos por los que conecto o en el material que me descargo... siempre que no sea constituyente de delito.
No me cansaré de repetirlo: Descargar contenido protegido por derechos de autor ES LEGAL. Al menos aquí en España. Tenemos derecho a la copia privada del material que adquirimos. No copia de seguridad, no... copia privada.
Si yo me compro lo último de La Casa Azul, por ejemplo, y decido copiarlo en un CD para oirlo en el coche, estoy en mi derecho.
Si en lugar de copiarlo para oirlo en el coche lo copio para que lo oiga mi amigo Paco, estoy en mi derecho.
Si le regalo el CD a mi amigo Paco, estoy en mi derecho.
Ahora... Sustituyamos mi amigo Paco por un grupo de amigos grande en el cual cada uno compra un disco y nos hace una copia privada al resto. ESO es el P2P de una manera grosera. Internet está lleno de gente que, SIN ÁNIMO DE LUCRO, comparte el material audiovisual que tiene conmigo y con los demás internautas.
Es más, voy un poco más allá. Si compartir archivos fuese ilegal, que repito que no lo es, mis archivos son míos y la SGAE no puede asumir tranquilamente que me estoy descargando algo ilegal si no examina mis descargas; y para hacerlo necesita una orden de un juez. Y ni siquiera así sería la SGAE, sino una brigada de delitos informáticos la que rastrearía qué contenidos estoy compartiendo y, si fueran constitutivos de delito, me denunciarían y tendría que ser un juez el que dictaminase si me sancionan y cómo.
Todo esto es, a todas luces, ilegal... ¿Seguro? Pues mira, casi que no. Porque ahora leo que el Parlamento Europeo vota el próximo 5 de mayo una ley que permitirá que los proveedores de internet puedan regular a qué servicios puede acceder el cliente. O sea, como una censura previa. Será mi proveedor el que decida si puedo o no transmitir información por unos puertos u otros, y lo más terrible: qué información puedo o no puedo transmitir. No sé a vosotros, pero a mí me da un rollito parecido a cuando China albergó los JJ.OO. y todo el mundo puso el grito en el cielo.
Y luego se quejarán de que vamos a la cola en conexión a internet y que el analfabetismo tecnológico en nuestra sociedad es muy algo. Sajodío, si hasta la ministra de cultura dice que "eso de internet es para leer el correo". Qué asco, por Dior...
Para refrescarles la memoria a algunos, en la Constitución Española de 1978 tenemos que:
Leo en meneame que las operadoras de telecomunicaciones (REDTEL, que engloba a todos los proveedores excepto Jazztel) están negociando con las sociedades de gestión de derechos de autor para aplicar sanciones a aquellos usuarios que descarguen contenido protegido.
Unos (SGAE) dicen que se deben dar los famosos 3 avisos a todos los usuarios que estén compartiendo archivos mediante P2P, y cortar la conexión al tercer aviso.
Otros (REDTEL) dicen que sólo se debería avisar y cortar la conexión a aquellos usuarios más intensivos (cifrados en unos 60.000).
¡¿Pero qué se han creído?! O sea, que ahora una asociación de operadores de telecomunicaciones PRIVADA junto con otra asociación PRIVADA de gestión van a decidir sobre mi servicio de conexión a internet y me van a "castigar" porque sí. Pues más les vale a los de ya.com (que es, en concreto, mi proveedor) no tocarme las pelotas con los avisitos. Yo contraté una conexión (que por cierto va regulera). En mi contrato no aparece ninguna cláusula que indique que tengo limitación en los servicios a los que accedo, en los puertos por los que conecto o en el material que me descargo... siempre que no sea constituyente de delito.
No me cansaré de repetirlo: Descargar contenido protegido por derechos de autor ES LEGAL. Al menos aquí en España. Tenemos derecho a la copia privada del material que adquirimos. No copia de seguridad, no... copia privada.
Si yo me compro lo último de La Casa Azul, por ejemplo, y decido copiarlo en un CD para oirlo en el coche, estoy en mi derecho.
Si en lugar de copiarlo para oirlo en el coche lo copio para que lo oiga mi amigo Paco, estoy en mi derecho.
Si le regalo el CD a mi amigo Paco, estoy en mi derecho.
Ahora... Sustituyamos mi amigo Paco por un grupo de amigos grande en el cual cada uno compra un disco y nos hace una copia privada al resto. ESO es el P2P de una manera grosera. Internet está lleno de gente que, SIN ÁNIMO DE LUCRO, comparte el material audiovisual que tiene conmigo y con los demás internautas.
Es más, voy un poco más allá. Si compartir archivos fuese ilegal, que repito que no lo es, mis archivos son míos y la SGAE no puede asumir tranquilamente que me estoy descargando algo ilegal si no examina mis descargas; y para hacerlo necesita una orden de un juez. Y ni siquiera así sería la SGAE, sino una brigada de delitos informáticos la que rastrearía qué contenidos estoy compartiendo y, si fueran constitutivos de delito, me denunciarían y tendría que ser un juez el que dictaminase si me sancionan y cómo.
Todo esto es, a todas luces, ilegal... ¿Seguro? Pues mira, casi que no. Porque ahora leo que el Parlamento Europeo vota el próximo 5 de mayo una ley que permitirá que los proveedores de internet puedan regular a qué servicios puede acceder el cliente. O sea, como una censura previa. Será mi proveedor el que decida si puedo o no transmitir información por unos puertos u otros, y lo más terrible: qué información puedo o no puedo transmitir. No sé a vosotros, pero a mí me da un rollito parecido a cuando China albergó los JJ.OO. y todo el mundo puso el grito en el cielo.
Y luego se quejarán de que vamos a la cola en conexión a internet y que el analfabetismo tecnológico en nuestra sociedad es muy algo. Sajodío, si hasta la ministra de cultura dice que "eso de internet es para leer el correo". Qué asco, por Dior...
Para refrescarles la memoria a algunos, en la Constitución Española de 1978 tenemos que:
Artículo 18.
3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
Artículo 20.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
5. Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial .
3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
Artículo 20.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
5. Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial .
1 comentario:
http://www.laquadrature.net/Telecoms_Package
A cosas como ésta me refería en el comentario que dejé en el de las elecciones europeas. Y así, a montones.
Me gusta tu blog Jaime, debería pasarme más por aquí!
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